El testamento ológrafo. Requisitos, ventajas y desventajas.

En el derecho español existen dos grandes clases de testamentos: los testamentos comunes y los testamentos especiales.

Los testamentos especiales incluyen el testamento militar, el marítimo y lo testamentos que se elaboran en el extranjero.

Los testamentos comunes son el abierto, el cerrado y el testamento ológrafo.

De este último es del que os voy a hablar en este artículo.

Empezaremos diciendo que el ológrafo es un tipo de testamento que el testador formaliza por sí mismo, escribiéndolo y firmándolo de su puño y letra sin intervención de testigo alguno.

VENTAJAS.

La gran ventaja del testamento ológrafo es que es un testamento que no requiere de ningún tipo de solemnidad en su otorgamiento.

Además, es la mejor forma de preservar la voluntad testamentaria, ya que únicamente el testador conoce las cláusulas del documento y no es necesaria la presencia de terceros involucrados en el proceso hasta después de su muerte.

Precisamente, la falta de solemnidad nos conduce a la necesidad de cumplir una serie de requisitos sin los cuales se convertiría en un testamento nulo.

DESVENTAJAS DEL TESTAMENTO OLÓGRAFO.

En relación a las desventajas que puede acarrear este tipo de testamento, podrían destacarse:

  • Al no ser necesario asesoramiento de un notario, es fácil que no se cumpla alguna de las condiciones que establece el Código Civil. Condiciones que pueden ser relativas a su forma, pero también a su contenido, con la subsiguiente nulidad que acarrearía.
  • Es un testamento gratuito a la hora de otorgarlo, pero que puede acarrear grandes gastos a los herederos cuando llega el momento de la sucesión, debido a la tramitación que conlleva.
  • No se hace alusión a la capacidad del testador, con lo que son muchos los casos en los que personas perjudicadas por el testamento lo impugnan al cuestionar precisamente esa capacidad para otorgar el mismo.
  • Existe el riesgo de que el testamento sea destruido por una persona que salga perjudicada por el mismo o que el documento se pierda para siempre o que sea encontrado posteriormente al plazo fijado por la ley para su validez.
testamento-olografo-galicia-ariela-campos

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA OTORGAR UN TESTAMENTO OLÓGRAFO?

  • El primer requisito es que el testador debe ser mayor de edad.
  • Además, la Ley exige que el testamento sea redactado por el propio testador “de su puño y letra”, por lo que no pueden utilizarse medios mecánicos (impresora, máquina de escribir…), ni que lo escriba una tercera persona.
  • El testamento ológrafo debe estar firmado por el propio testador con expresión del año, mes y día de su otorgamiento.
  • No debe contener palabras “tachadas, enmendadas o entre renglones”. Si es así el testador debe “salvarlas” mediante su firma.

Como se puede ver, el ológrafo es un tipo de testamento muy fácil de otorgar y no requiere ninguna formalidad más que cumplir los requisitos ya expuestos., sin embargo, ante la falta de cualquiera de éstos, devendría nulo.

PROCEDIMIENTO TRAS LA MUERTE DEL CAUSANTE.

El testamento ológrafo deberá protocolizarse, presentándolo, en los 5 años siguientes al fallecimiento del testador, ante Notario quien extenderá el acta de protocolización.

La persona que tenga en su poder un testamento ológrafo deberá presentarlo ante el Notario competente en el plazo de 10 días siguientes a aquel en que tenga conocimiento del fallecimiento del testador. El incumplimiento de dicho deber le hará responsable de los daños y perjuicios que causara por el mismo.

Asimismo, dicho testamento también podrá ser presentado por cualquiera que tenga interés en el testamento (heredero, legatario, albacea….)

Presentado el testamento y acreditado el fallecimiento el notario procederá a su adveración. Adverado el testamento y acreditada la identidad de su autor se procederá a su protocolización. En caso de no ser adverado por no acreditarse suficientemente la identidad del otorgante, se procederá al archivo del expediente sin protocolizar aquel.

Autorizada o no la protocolización del testamento ológrafo, los interesados no conformes podrán ejercer sus derechos en el juicio que corresponda.

CONCLUSIÓN SOBRE EL TESTAMENTO OLÓGRAFO.

En mi opinión, el testamento ológrafo es muy poco recomendable en la práctica debido a los riesgos que se asumen.

Considero que, teniendo en cuenta que la gran ventaja de este tipo de testamento es el ahorro de costes para el testador y el secreto sobre el contenido del mismo, esto se puede conseguir igualmente mediante un testamento cerrado escrito de puño y letra por el testador.

Con el testamento cerrado se conseguirían ciertas ventajas sobre el ológrafo:

1.- Evita el riesgo de pérdida del mismo.

2.-Al realizarse ante Notario, el testador puede consultar el contenido del mismo previamente a su sellado, evitando así su impugnación por defectos de contenido. 

3.-Se evita cualquier incidencia relativa a la capacidad del testador en el momento de otorgar testamento, ya  que el propio notario hace alusión a la existencia de esa capacidad.

Este artículo es meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico.

¿Necesitas asesoramiento con una herencia?

Si me dejas tu nombre y un email, me pondré en contacto contigo y veremos posibles soluciones a tus dudas. 

    Llama ahora